Señores
Consejo Universitario
Rectoría
Universidad de Costa Rica
Asunto: Requerimiento de revisión y corrección de prácticas administrativas relacionadas con la implementación del Régimen Salarial Académico y rechazo a prácticas por parte del personal de Recursos Humanos percibidas como discriminatorias por las personas afectadas
La Asamblea de la Escuela de Lenguas Modernas de la Universidad de Costa Rica, ante las situaciones conocidas durante la implementación del Régimen Salarial Académico y sus efectos sobre la remuneración de personas funcionarias, manifiesta públicamente su preocupación por prácticas administrativas que han generado disminuciones salariales, reclamos, correcciones de planilla, cobros posteriores y procedimientos administrativos que han debido ser sometidos a revisión.
CONSIDERANDO
1. Que la propia Administración Universitaria ha reconocido la existencia de una cantidad importante de reclamos de personas funcionarias que alegan disminuciones salariales como consecuencia de la implementación de la Resolución de Rectoría R-753-2024.
2. Que la Oficina Jurídica, mediante Dictamen OJ-92-2026, estableció claramente que ningún traslado al nuevo régimen salarial —automático, de oficio o solicitado— puede ocasionar detrimento salarial y que cualquier actuación que produzca una desmejora en la situación salarial previamente consolidada se encuentra viciada de nulidad. Asimismo, indicó que, comprobado el perjuicio en cada caso, corresponde anular la actuación y restituir la situación salarial previa.
3. Que en casos concretos la propia Oficina de Recursos Humanos ha reconocido variaciones salariales, inconsistencias informáticas, ajustes posteriores y controversias sobre cobros relacionados con el proceso de implementación, lo que evidencia la necesidad de fortalecer los controles, la trazabilidad, la motivación y la seguridad jurídica de las actuaciones administrativas.
4. Que corresponde a la Universidad garantizar que sus procedimientos administrativos se desarrollen con pleno respeto de su normativa interna, de la Ley General de la Administración Pública, de la Ley Marco de Empleo Público y de las garantías constitucionales aplicables, particularmente los principios de legalidad, seguridad jurídica, indemnidad salarial, progresividad y no regresión.
POR TANTO
La Asamblea de la Escuela de Lenguas Modernas ACUERDA:
1. COMPELER al Consejo Universitario y al señor Rector para que brinden a la Comunidad Universitaria una explicación pública, clara y documentada sobre las situaciones producidas durante la implementación del nuevo régimen salarial, las causas que originaron disminuciones, inconsistencias, reclamos y cobros posteriores, así como las medidas adoptadas o previstas para corregirlas y evitar su repetición.
2. SOLICITAR al señor Rector, dentro del ámbito de sus competencias, que impulse una revisión integral de los procedimientos, sistemas informáticos, cálculos de planilla, controles y criterios utilizados en la transición salarial, con el propósito de identificar y corregir oportunamente aquellas prácticas administrativas que no se ajusten plenamente a la normativa universitaria y al ordenamiento jurídico nacional.
3. EXHORTAR al Consejo Universitario, dentro del ámbito de sus competencias institucionales, a dar seguimiento a esta problemática y a procurar que las disposiciones aprobadas por la Universidad en materia salarial sean ejecutadas de forma uniforme, transparente, debidamente motivada y respetuosa de los derechos de las personas trabajadoras.
4. SOLICITAR que los casos en los cuales se compruebe una disminución salarial contraria al principio de indemnidad sean corregidos con prontitud, restableciendo la situación salarial jurídicamente procedente y reconociendo las diferencias económicas que correspondan. Así mismo, debe crearse un protocolo de atención en estos casos, los cuales, por su particular naturaleza, deben recibir acompañamiento tanto de carácter empático, como de asesoramiento legal, ya que el tipo de lenguaje utilizado en las comunicaciones oficiales dificulta la comprensión y la legítima defensa.
5. HACER UN LLAMADO a las autoridades universitarias correspondientes para que fortalezcan los mecanismos de prevención, revisión previa, trazabilidad, motivación, documentación y comunicación de las decisiones salariales, a fin de evitar que errores administrativos, deficiencias informáticas o interpretaciones incorrectas de la normativa produzcan nuevos perjuicios a las personas funcionarias.
La Asamblea considera que la transparencia, la rendición de cuentas, la seguridad jurídica y la corrección oportuna de las actuaciones administrativas son condiciones indispensables para preservar la confianza de la Comunidad Universitaria. Por ello, exhorta al Consejo Universitario y al señor Rector a adoptar las medidas que correspondan para que la gestión administrativa en esta materia se ajuste rigurosamente a la normativa interna de la Universidad, al ordenamiento jurídico nacional y a los principios que sustentan la misión institucional.
Acuerdo firme, aprobado por la Asamblea de la Escuela de Lenguas Modernas en sesión N°86-2026, celebrada el 27 de agosto de 2026.
Atentamente,
Dr. Allen Quesada Pacheco
Presidente de la Asamblea
Copia:
Oficina Jurídica
Vicerrectoría de Administración
Oficina de Contraloría Universitaria
Comunidad Universitaria

